El 25 de mayo de 2020, la agencia actualizó el catálogo de regímenes fiscales en su página web, añadiendo el código «625 – Régimen de actividad empresarial con capital generados por interfaces tecnológicas». «, que aplica para personas físicas.
El 25 de mayo, el Servicio de Administración Tributaria publicó en su página web una actualización de los catálogos del CFDI, que incluye cambios esenciales para la emisión de documentos fiscales digitales desde el 1 de junio.
Con esto en cabeza, se hizo el próximo cambio:
Tasas funcionales, elemento de inspección
Karina Pérez, Lead Partner de Legal Services Business y PwC Governance Insight Center, enseña a Reforma que el SAT incorporó tasas impositivas funcionales en el plan profesor de fiscalización del año en curso como elemento de programación tributaria para recompensar el cumplimiento voluntario de los impositores
Te contamos una sugerencia
Para los que no están obligados, solo si quieren enseñar costos deducibles para reclamar su devolución de impuestos, tienen la posibilidad de enseñar su declaración anualmente Enseñar y después utilizar
Todos y cada uno de los usados i La información es guardada por la interfaz digital, que paralelamente la pone predisposición de la Administración Tributaria (SAT).
Cumple con tus obligaciones tributarias a través del portal del SAT de forma sencilla y simple presentando la declaración “Declaración informativa sobre la utilización de interfaces tecnológicas”.
Como una parte de las obligaciones de la gente físicas de conformidad con este reglamento, la declaración preliminar para el pago del impuesto sobre la renta y el IVA va a deber presentarse antes del día 17 del mes siguiente por mes pertinente a la renta.
¿Qué obligaciones tributarias debe cumplir si consigue capital por la venta de recursos o la prestación de servicios por medio de interfaces tecnológicas?
Las obligaciones que tienen que cumplir la gente físicas, los trabajadores por cuenta propia que vendan recursos, presten servicios o brinden hospedaje mediante interfaces técnicas, se fundamentan en los capital que produzcan o se espere que produzcan con la utilización de exactamente la misma en el ejercicio y el régimen fiscal elegido.
- Retención Determinante: Si los capital cada un año generados por las interfaces tecnológicas se consiguen o estiman en menos de 300.000 pesos, puede decantarse por esta alternativa. Aquí andas exento de enseñar afirmaciones preliminares o terminantes tanto de ISR como de IVA por capital vía interfaces tecnológicas.
- Pagos Temporales: Si los capital cada un año generados por las interfaces tecnológicas son o van a ser superiores a 300.000 pesos, la retención en la fuente es un pago provisional, para lo que se tienen que enseñar mensualmente afirmaciones temporales y terminantes de IVA y también ISR. Asimismo se tienen la posibilidad de llevar a cabo deducciones personales anterior presentación de la declaración de forma anual del IRS.
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