Es el archivo que deja a las isapre valorar el peligro de salud del cotizante y de los adjudicatarios.
La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) recuerda a los clientes de vuelos que desde el lunes 30 de agosto de 2021, todas y cada una la gente que ingresen a Ecuador van a deber enseñar a la compañía aérea la declaración de salud del viajero por medios físicos. La presentación del formulario es obligatoria y debe efectuarse al instante del embarque, según notificó el gobierno nacional a través del Ministerio de Turismo.
La máxima autoridad aeronáutica de Ecuador corrobora que las compañías aéreas cumplan con recibir estos formularios como una parte de los requisitos de ingreso al país.
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POR EJEMPLO:
La Sentencia 157/2016, de 12 de diciembre, reconoció una “cláusula estereotipada relativa al estado general de salud que presentaba el asegurado” en el instante de la firma del seguro, que no poseen cuestiones fundamentales se incluyeron para saber el peligro objeto de la cobertura. Específicamente, no se le demandó contestación sobre anomalías de la salud importantes, como el cáncer que sufría.”
En exactamente la misma línea estaba la Sentencia 222/2017, de 5 de abril, al apuntar que dado que el tomador del seguro no hubiese revelado un historial de psicosis que sufría desde hacía bastante tiempo no dejaba terminar que estuviese escondiendo datos de salud importantes. para evaluación de peligros:
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