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¿Cuál es la edad mínima legal para trabajar?

Según el producto 6 del Estatuto de los Trabajadores, los inferiores de 16 años no tienen la posibilidad de trabajar en España, con lo que la edad legal para trabajar es de 16 años.

La edad mínima para trabajar

Actualizado: 30/01/2023

La edad general para comenzar a trabajar es 18 años, siendo la mayor parte de edad la que, si tiene plena aptitud jurídica para subscribir un contrato de trabajo. Sin embargo, hay algunas salvedades que te dejan trabajar antes:

Contrato de estudio y estudio

Es un género de contrato para trabajadores inferiores de 18 años y mayores de 16 que aún no lo hicieron se han graduado . El propósito que se proviene de esta clase de contrato es que el menor logre desarrollar una actividad laboral para comprar experiencia al unísono que recibe acompañamiento económico para lograr llenar sus estudios.

Hay ciertos campos en los que es mucho más simple para los inferiores hallar trabajo, como por servirnos de un ejemplo B. Cadenas de comida rápida que brinden la posibilidad de comprar experiencia laboral y tener un empleo. Renta, determinación de jornadas de trabajo que le dejen al menor proseguir sus estudios.

Mayores de 16 años y inferiores de 18 años

Esta edad mínima de 16 años se establece por el hecho de que la escolarización es obligatoria hasta alcanzarla. Una vez terminados los estudios obligatorios o habiendo cumplido los 16 años, el menor puede elegir trabajar, pero siempre y en todo momento con permiso. Se escoge esta edad por el hecho de que en estos años se destaca tanto la capacitación profesional y personal del menor como la protección de los inferiores.

¿Desde qué edad se puede trabajar en España?

El producto 6 del Estatuto de los Trabajadores prohíbe trabajar a los inferiores de dieciséis años.

Extraordinariamente, van a poder trabajar en exposiciones públicas siempre y cuando sean aprobados por la autoridad laboral.

¿Tienes tolerado trabajar antes de los 16 años?

De todos modos, hay una salvedad a la regla. Los inferiores de 16 años tienen la posibilidad de trabajar en espectáculos públicos siempre y cuando este género de actuaciones no pongan en riesgo:

  • la salud del menor.
  • Y su capacitación personal y humana.

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